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Entra en vigor la reforma del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero

OCTUBRE 2022

Nuevo impuesto a los gases fluorados

Con fecha 9 de julio de 2022 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 14/2022 de modificación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, mediante la que se modificó la regulación del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero (“IGFEI”) y, en concreto, el artículo 5 de la Ley 16/2013, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras (“Ley 16/2013”). 

Con la modificación del artículo 5 de la Ley 16/2013, se introducen cambios relevantes en la regulación del IGFEI, con efectos desde 1 de septiembre de 2022.

En particular, la nueva regulación del IGFEI grava la fabricación, importación y la adquisición intracomunitaria de gases fluorados que forman parte del ámbito objetivo del impuesto, tanto si dichos gases se presentan contenidos en envases como incorporados en productos, equipos o aparatos.

La presidenta de AEFYT (Asociación de Empresas de Frío y Sus Tecnologías), Susana Rodríguez, explicó que este nuevo impuesto afecta a toda la cadena. “Todos los distribuidores, fabricantes, pequeños negocios y consumidores finales se verán afectados, de una forma u otra, por este nuevo impuesto. Este se aplica desde el primer momento en el que se pone el gas en el mercado y todos los que lo utilicen deberán abonarlo”.

Los gases fluorados con efecto invernadero son necesarios para el funcionamiento de cualquier equipo o sistema de aire acondicionado, climatización o refrigeración de uso cotidiano y profesional. Aunque siempre han estado en circulación, se aplicaba una excepción a las nuevas compras. Es decir, si el trabajador por cuenta propia -o particular- compraba un equipo nuevo de refrigeración para un establecimiento no tenía que pagar por este impuesto. Sin embargo, a partir del 1 de septiembre, la situación cambiará y se tendrá que pagar por él. El precio del aparato se incrementará entre un 5% y un 10% y el Estado recaudará tres veces más por él

El cambio más importante hace referencia a la obligación de indicar en la factura (o mediante un certificado) la información sobre la cantidad y clase de gas utilizado y el importe del impuesto correspondiente a dichos gases. 

Consecuencias del nuevo impuesto

  • ENCARECIMIENTO DE LAS INSTALACIONES: Se estima que este nuevo impuesto de gases podrá encarecer las instalaciones entre un 5% y un 10%.
  • INCREMENTO DEL PRECIO DE LOS EQUIPOS: El fabricante será quien pagará el nuevo impuesto sobre el gas fluorado con el cual estará cargado el equipo, el que implica que repercutirá con el cliente final dentro del precio de venta.
  • DESINCENTIVACIÓN EN LA RENOVACIÓN DE EQUIPOS: Hasta ahora, el impuesto graba solo la recarga de gas de los equipos antiguos. Al grabar también el gas de los nuevos equipos, se pierde el incentivo a la renovación de equipos más eficientes.
  • PENALIZACIÓN CON El USO DE LA BOMBA DE CALOR: Penalizaría la contribución de la bomba de valor en la descarbonización de las instalaciones de climatización, los beneficios medioambientales de la cual son muy superiores al potencial perjuicio causado por una potencial fuga del refrigerante a la atmósfera.

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